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¿Cómo se determina al beneficiario final en las personas jurídicas? Mario Alva Matteucci

Por: Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Series Actualidad Empresarial de investigación y negocios ; Primera quincena de mayo 2022Descripción: pp. 1-6Tema(s): Recursos en línea:
Contenidos:
La compensación por tiempo de servicios (CTS) [pp. 1-1] -- ¿Cómo se determina al beneficiario final en las personas jurídicas? [pp. I-1-I-6] Modificación o suspensión de los pagos a cuenta mensuales del impuesto a la renta de tercera categoría [pp. I-7-I-10] -- Gastos relacionados a los arrendamientos de bienes inmuebles: límites y alcances [pp. I-11-I-14] -- Retenciones en exceso por rentas de quinta categoría: ¿quién se encuentra obligado a efectuar la devolución? [pp. I-15-I-18] -- Cláusula de no discriminación en la Decisión 578 aplicable a personas naturales no domiciliadas [pp. I-19-I-22] -- Infracciones y la aplicación de la gradualidad [pp. I-23-I-24] -- Reglamento de la Ley N.° 31452, Ley que exonera del IGV a los alimentos de la canasta básica familiar [pp. I-25-I-26] -- Multa por infracciones al artículo 177 del Código Tributario [pp. I-27-I-27] -- Impuesto a la Renta y Nuevo RUS [pp. I-28-I-28] -- Detracciones y Percepciones [pp. I-29-I-29] -- Libros y Registros Contables y Plazo Máximo de Atraso [pp. I-30-I-30] -- Vencimientos y Factores [pp. I-31-I-31] -- Tipos de Cambio [pp. I-32-I-32] -- CTS 2022: sepa cómo calcular los intereses (Parte I) [pp. II-1-II-1] -- Principales Indicadores Económico-Financieros [pp. II-2-II-4] -- Cálculo del punto de equilibrio: herramienta para la toma de decisiones [pp. III-1-III-3] -- Impacto del COVID-19 en NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición [pp. III-4-III-6] -- NIIF 15: criterios para contabilizar el contrato en el balance [pp. III-7-III-8] -- Definición, importancia y selección de políticas contables: hacia la mejora de los Estados Financieros [pp. III-9-III-12] -- Licencias laborales para trabajadores con responsabilidades familiares (Parte final) [pp. IV-1-IV-4] -- Las modalidades formativas laborales [pp. IV-5-IV-8] -- Las novedades del régimen agrario: Ley N.° 31110 [pp. IV-9-IV-11] -- Principales Indicadores Laborales [pp. IV-12-IV-12] -- Tipos de financiamiento a corto plazo [pp. V-1-V-2] -- Cómo funciona la franquicia arancelaria y la franquicia comercial [pp. VI-1-VI-4].
Resumen: A raíz de la publicación de la Resolución de Superintendencia N.° 041-2022/SUNAT, la Administración Tributaria ha retomado el tema de la presentación de la declaración jurada donde se debe identificar al beneficiario final de las empresas, al igual que en el caso de los entes jurídicos. Esta última norma ha determinado la presentación considerando como parámetros los ingresos netos del ejercicio anterior, estableciendo tres fechas a cumplir entre los años 2022 y 2023. Sin embargo, surge la duda si los PRICOS que presentaron su declaración del beneficiario final en el 2019 deben nuevamente presentar esta declaración o solo los contribuyentes que cumplan el nivel de ingresos indicado expresamente en la norma materia de revisión.
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La compensación por tiempo de servicios (CTS) [pp. 1-1] -- ¿Cómo se determina al beneficiario final en las personas jurídicas? [pp. I-1-I-6] Modificación o suspensión de los pagos a cuenta mensuales del impuesto a la renta de tercera categoría [pp. I-7-I-10] -- Gastos relacionados a los arrendamientos de bienes inmuebles: límites y alcances [pp. I-11-I-14] -- Retenciones en exceso por rentas de quinta categoría: ¿quién se encuentra obligado a efectuar la devolución? [pp. I-15-I-18] -- Cláusula de no discriminación en la Decisión 578 aplicable a personas naturales no domiciliadas [pp. I-19-I-22] -- Infracciones y la aplicación de la gradualidad [pp. I-23-I-24] -- Reglamento de la Ley N.° 31452, Ley que exonera del IGV a los alimentos de la canasta básica familiar [pp. I-25-I-26] -- Multa por infracciones al artículo 177 del Código Tributario [pp. I-27-I-27] -- Impuesto a la Renta y Nuevo RUS [pp. I-28-I-28] -- Detracciones y Percepciones [pp. I-29-I-29] -- Libros y Registros Contables y Plazo Máximo de Atraso [pp. I-30-I-30] -- Vencimientos y Factores [pp. I-31-I-31] -- Tipos de Cambio [pp. I-32-I-32] -- CTS 2022: sepa cómo calcular los intereses (Parte I) [pp. II-1-II-1] -- Principales Indicadores Económico-Financieros [pp. II-2-II-4] -- Cálculo del punto de equilibrio: herramienta para la toma de decisiones [pp. III-1-III-3] -- Impacto del COVID-19 en NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición [pp. III-4-III-6] -- NIIF 15: criterios para contabilizar el contrato en el balance [pp. III-7-III-8] -- Definición, importancia y selección de políticas contables: hacia la mejora de los Estados Financieros [pp. III-9-III-12] -- Licencias laborales para trabajadores con responsabilidades familiares (Parte final) [pp. IV-1-IV-4] -- Las modalidades formativas laborales [pp. IV-5-IV-8] -- Las novedades del régimen agrario: Ley N.° 31110 [pp. IV-9-IV-11] -- Principales Indicadores Laborales [pp. IV-12-IV-12] -- Tipos de financiamiento a corto plazo [pp. V-1-V-2] -- Cómo funciona la franquicia arancelaria y la franquicia comercial [pp. VI-1-VI-4].

A raíz de la publicación de la Resolución de Superintendencia N.° 041-2022/SUNAT, la Administración Tributaria ha retomado el tema de la presentación de la declaración jurada donde se debe identificar al beneficiario final de las empresas, al igual que en el caso de los entes jurídicos. Esta última norma ha determinado la presentación considerando como parámetros los ingresos netos del ejercicio anterior, estableciendo tres fechas a cumplir entre los años 2022 y 2023. Sin embargo, surge la duda si los PRICOS que presentaron su declaración del beneficiario final en el 2019 deben nuevamente presentar esta declaración o solo los contribuyentes que cumplan el nivel de ingresos indicado expresamente en la norma materia de revisión.

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